martes, 7 de junio de 2011

Autorización Sanitaria para locales de alimentos


¿En qué consiste?

Las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud (Autoridad Sanitaria) entrega la autorización sanitaria requerida para el funcionamiento de todas las instalaciones que producen, elaboran, preservan, envasan, almacenan, distribuyen, expenden alimentos o aditivos alimentarios.

La Seremi de Salud puede fiscalizar el cumplimiento de la legislación vigente, inspeccionando el establecimiento en los días posteriores al ingreso de la solicitud. Se recomienda al interesado avisar a su personal para que colabore con la inspección.

¿A quién está dirigido?

Empresas o personas naturales que deseen instalar establecimientos que produzcan, elaboren, preserven, envasen, almacenen, distribuyan, expendan alimentos o aditivos alimentarios.

Requisitos

  • Las instalaciones deben cumplir con la normativa sanitaria vigente (D.S.977/96 y D.S. 594/99 ) ambos del Ministerio de Salud.
Si realiza la solicitud por internet:
  • Tener casilla de correo electrónico.
  • Contar con nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
  • Entregar la documentación exigida durante la Visita de Inspección.

Documentos requeridos

Dependiendo del tipo de instalación, se deben presentar los siguientes:
  • Zonificación municipal.
  • Boletas de servicios de agua potable y alcantarillado otorgadas por la empresa sanitaria correspondiente. En caso de no contar con el servicio de una empresa sanitaria, presentar la autorización sanitaria del servicio particular de agua potable y alcantarillado.
  • Memorias técnicas de los procesos productivos.
  • La memoria de control de disposición de residuos sólidos domésticos.
  • Plano o croquis de las instalaciones escala 1:50 a 1:100.
  • Croquis de los sistemas de eliminación de calor, olor y vapor.
  • Listado de materias primas a utilizar.
  • Sistema de control de calidad sanitaria que contará.
  • Listado de los alimentos que se elaborarán.
Para instalaciones ubicadas en un centro comercial:
  • Compromiso de la administración para el no cobro del uso de servicios higiénicos públicos.
  • Carta de autorización para uso exclusivo de los servicios higiénicos del personal manipulador de alimentos, los cuales no deberán estar a más de 75 metros de ellos.
Para instalaciones ubicadas en vía pública (carros, módulos, casetas, kioscos, puestos de feria):
  • Certificado de emplazamiento municipal, cuando corresponda.
  • Carta de autorización para uso de servicios higiénicos a no más de 75 metros para el personal manipulador de alimentos, cuando corresponda.

¿Dónde se realiza?

Tiempo de realización

Promedio 20 días hábiles.

Costo

  • El tope máximo a pagar puede ser $515.113.
El arancel se calcula en base a la cantidad de "Fines" o "Actividades" que se realizan en una instalación, más el 0,5 % de la declaración de capital presentado ante SII.

Resultado

Si el establecimiento cumple con lo señalado recibirá una Resolución de Autorización Sanitaria, de lo contrario se le entregará una Resolución de Rechazo.

Observaciones

  • Los solicitantes que acrediten pertenecer a un programa social (Certificación Municipal de Microempresa Familiar u otros; o que tienen un puntaje igual o inferior a 11.500 puntos en la Ficha Protección Social), acceden a un arancel de $1.000.
  • Los aranceles se actualizan una vez al año en forma automática, todos los 10 de enero, conforme a la variación que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
  • Si el establecimiento no cumple con el reglamento sanitario de los alimentos (D.S. 977/96 Minsal) y el reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas de los lugares de trabajo (D.S. 594/99 Minsal), o no cumple con los requisitos del trámite, antes mencionado, su solicitud será informada rechazada.
  • Al momento de presentar la solicitud, el local debe estar completamente habilitado, en condiciones reglamentarias mínimas.
  • La autorización sanitaria no reemplaza bajo ninguna circunstancia a la Patente Comercial emitida por la municipalidad respectiva.
Si realiza la solicitud por internet:
  • La entrega de antecedentes se realiza en la visita de inspección, también se puede adjuntar los documentos vía electrónica. Si los documentos se encuentran en papel, es necesario escanearlos.
  • Una vez resuelta la solicitud del interesado, se informa de esta situación vía un correo electrónico y si procede se incluye el informe sanitario correspondiente.
  • Adicionalmente el documento queda disponible en la página principal del usuario.
  • Se recomienda al interesado no ingresar el formulario si no ha cumplido con la normativa sanitaria y ambiental, ya que de lo contrario su solicitud será informada desfavorable.

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