martes, 7 de junio de 2011

Autorización Sanitaria para locales de alimentos


¿En qué consiste?

Las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud (Autoridad Sanitaria) entrega la autorización sanitaria requerida para el funcionamiento de todas las instalaciones que producen, elaboran, preservan, envasan, almacenan, distribuyen, expenden alimentos o aditivos alimentarios.

La Seremi de Salud puede fiscalizar el cumplimiento de la legislación vigente, inspeccionando el establecimiento en los días posteriores al ingreso de la solicitud. Se recomienda al interesado avisar a su personal para que colabore con la inspección.

¿A quién está dirigido?

Empresas o personas naturales que deseen instalar establecimientos que produzcan, elaboren, preserven, envasen, almacenen, distribuyan, expendan alimentos o aditivos alimentarios.

Requisitos

  • Las instalaciones deben cumplir con la normativa sanitaria vigente (D.S.977/96 y D.S. 594/99 ) ambos del Ministerio de Salud.
Si realiza la solicitud por internet:
  • Tener casilla de correo electrónico.
  • Contar con nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
  • Entregar la documentación exigida durante la Visita de Inspección.

Documentos requeridos

Dependiendo del tipo de instalación, se deben presentar los siguientes:
  • Zonificación municipal.
  • Boletas de servicios de agua potable y alcantarillado otorgadas por la empresa sanitaria correspondiente. En caso de no contar con el servicio de una empresa sanitaria, presentar la autorización sanitaria del servicio particular de agua potable y alcantarillado.
  • Memorias técnicas de los procesos productivos.
  • La memoria de control de disposición de residuos sólidos domésticos.
  • Plano o croquis de las instalaciones escala 1:50 a 1:100.
  • Croquis de los sistemas de eliminación de calor, olor y vapor.
  • Listado de materias primas a utilizar.
  • Sistema de control de calidad sanitaria que contará.
  • Listado de los alimentos que se elaborarán.
Para instalaciones ubicadas en un centro comercial:
  • Compromiso de la administración para el no cobro del uso de servicios higiénicos públicos.
  • Carta de autorización para uso exclusivo de los servicios higiénicos del personal manipulador de alimentos, los cuales no deberán estar a más de 75 metros de ellos.
Para instalaciones ubicadas en vía pública (carros, módulos, casetas, kioscos, puestos de feria):
  • Certificado de emplazamiento municipal, cuando corresponda.
  • Carta de autorización para uso de servicios higiénicos a no más de 75 metros para el personal manipulador de alimentos, cuando corresponda.

¿Dónde se realiza?

Tiempo de realización

Promedio 20 días hábiles.

Costo

  • El tope máximo a pagar puede ser $515.113.
El arancel se calcula en base a la cantidad de "Fines" o "Actividades" que se realizan en una instalación, más el 0,5 % de la declaración de capital presentado ante SII.

Resultado

Si el establecimiento cumple con lo señalado recibirá una Resolución de Autorización Sanitaria, de lo contrario se le entregará una Resolución de Rechazo.

Observaciones

  • Los solicitantes que acrediten pertenecer a un programa social (Certificación Municipal de Microempresa Familiar u otros; o que tienen un puntaje igual o inferior a 11.500 puntos en la Ficha Protección Social), acceden a un arancel de $1.000.
  • Los aranceles se actualizan una vez al año en forma automática, todos los 10 de enero, conforme a la variación que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
  • Si el establecimiento no cumple con el reglamento sanitario de los alimentos (D.S. 977/96 Minsal) y el reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas de los lugares de trabajo (D.S. 594/99 Minsal), o no cumple con los requisitos del trámite, antes mencionado, su solicitud será informada rechazada.
  • Al momento de presentar la solicitud, el local debe estar completamente habilitado, en condiciones reglamentarias mínimas.
  • La autorización sanitaria no reemplaza bajo ninguna circunstancia a la Patente Comercial emitida por la municipalidad respectiva.
Si realiza la solicitud por internet:
  • La entrega de antecedentes se realiza en la visita de inspección, también se puede adjuntar los documentos vía electrónica. Si los documentos se encuentran en papel, es necesario escanearlos.
  • Una vez resuelta la solicitud del interesado, se informa de esta situación vía un correo electrónico y si procede se incluye el informe sanitario correspondiente.
  • Adicionalmente el documento queda disponible en la página principal del usuario.
  • Se recomienda al interesado no ingresar el formulario si no ha cumplido con la normativa sanitaria y ambiental, ya que de lo contrario su solicitud será informada desfavorable.

Certificado de calificación industrial para instalaciones en funcionamiento

¿En qué consiste?

Las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud (Seremi de Salud), emiten el certificado de calificación industrial que solicita la Dirección de Obras de la Municipalidad para regularizar el emplazamiento donde se realiza la actividad.

Este documento es necesario para obtener la Patente Municipal, tiene una duración indefinida, salvo casos de ampliación y/o cambio giro y/o del número de trabajadores y/o maquinarias o traslado.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales o jurídicas que tramitan un Permiso Municipal para el funcionamiento de su actividad.

Requisitos

  • Cumplir con la normativa sanitaria, ambiental y de prevención de riesgos vigente (D.S. 594/1999).
  • La construcción debe cumplir con la ordenanza general de urbanismo y construcción Decreto Supremo (D. S) 47/92 y sus modificaciones.
  • Si genera residuos industriales sólidos peligrosos, presentar un plan de manejo según el D.S. 148/2003, del Ministerio de Salud (Minsal).
  • Si realiza la solicitud por internet:
  • Tener casilla de correo electrónico.
  • Contar con nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
  • Entregar la documentación exigida durante la Visita de Inspección.

Documentos requeridos

  • Plano de planta con ubicación de maquinarias y vecinos colindantes.
  • Boleta de la empresa de servicios sanitarios que acredite el uso de alcantarillado.
  • Certificado de capacitación en manejo de extintores..
  • Certificado cotizaciones Seguro Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
  • Certificado instalación eléctrica.
  • Si es ampliación, fotocopia de la resolución favorable anterior, etc.
Otros documentos requeridos según la actividad económica a realizar:
  • Evaluaciones ambientales de los riesgos existentes en la actividad.
  • Número de registro de fuentes fijas.
  • Certificado de operadores competentes de calderas, autoclaves, equipos que emiten radiaciones ionizantes.
  • Certificado Anexo TEC 1 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
  • Certificado de Riles.
  • Certificado capacitación a trabajadores sobre los riesgos a los que está expuesto y medidas preventivas.

¿Dónde se realiza?

Tiempo de realización

60 días hábiles en promedio.

Costo

$55.803.

Resultado

Certificado de Calificación correspondiente, con la categoría que le corresponde de acuerdo a la evaluación realizada.

Observaciones

  • El establecimiento se debe encontrar en funcionamiento en el momento de realizar el trámite.
  • Los solicitantes que acrediten pertenecer a un programa social (Certificación Municipal de Microempresa Familiar u otros; o que tienen un puntaje igual o inferior a 11.500 puntos en la Ficha Protección Social), acceden a un arancel de $1.000.
  • Los aranceles se actualizan una vez al año en forma automática, todos los 10 de enero, conforme a la variación que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Si realiza la solicitud por internet:
  • Una vez resuelta la solicitud, se envía al interesado un correo electrónico que contiene el certificado de calificación correspondiente; o bien una resolución de rechazo. Asimismo, el documento queda accesible desde la página principal de su menú de usuario.
Está disponible para los siguientes rubros:
  • Alimentos para Animales
  • Bebidas Alcohólicas
  • Caucho
  • Cerámica, loza y porcelana
  • Construcción
  • Cuero
  • Eléctricos y electrónicos
  • Madera
  • Metales, minerales y mezclas
  • Metalmecánica
  • Papel y cartón
  • Plásticos
  • Textiles naturales y sintéticos
  • Vehículos motorizados
  • Vidrio

Informe sanitario

¿En qué consiste?

Las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud (Seremi de Salud), emiten el Informe Sanitario que acredita que un establecimiento industrial o comercial ha implementado todas las medidas comprometidas, para evitar riesgos y molestias hacia los trabajadores y a la comunidad. (Artículo 83 del DFL N° 725/67, Código Sanitario).

Este informe es necesario para que el municipio otorgue la Patente Definitiva para la instalación, ampliación o traslado de establecimientos industriales o comerciales.

Tiene una duración indefinida, salvo en casos de: ampliación y/o cambio giro, y/o número de trabajadores, y/o maquinarias o traslado.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales o jurídicas que estén tramitando una Patente Municipal.

Requisitos

  • El establecimiento debe estar funcionando al solicitar el informe.
  • Cumplir con la normativa sanitaria, ambiental y de prevención de riesgos vigente (D.S. 594/1999).
  • Cumplir con la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (Decreto Supremo 47/92 y sus modificaciones).
  • Si genera residuos industriales sólidos peligrosos, presentar un plan de manejo según el Decreto Supremo 148/2003 del Ministerio de Salud.

Si realiza la solicitud por internet:
  • Tener casilla de correo electrónico.
  • Contar con nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
  • Entregar la documentación exigida durante la Visita de Inspección.

Documentos requeridos

  • Plano de planta con ubicación de maquinarias y vecinos colindantes.
  • Boleta de la empresa de servicios sanitarios, que acredite uso de alcantarillado.
  • Certificado de capacitación en manejo de extintores.
  • Certificado cotizaciones del Seguro Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
  • Certificado instalación eléctrica.
  • Si es ampliación, fotocopia de la resolución favorable anterior..
Otros documentos requeridos según la actividad económica a realizar:
  • Evaluaciones ambientales de los riesgos existentes en la actividad
  • Número de registro de fuentes fijas.
  • Certificado de operadores competentes de calderas, autoclaves, equipos que emiten radiaciones ionizantes.
  • Certificado Anexo TEC 1 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
  • Certificado de Riles.
  • Certificado capacitación a trabajadores sobre los riesgos a los que está expuesto y medidas preventivas.

¿Dónde se realiza?

Tiempo de realización

En promedio, 60 días hábiles.

Costo

  • Arancel base de $64.389, más el 0,5 % de la declaración de capital presentado ante SII, con un tope (máximo a pagar) de $515.113.
  • Los solicitantes que acrediten pertenecer a un programa social (Certificación Municipal de Microempresa Familiar u otros; o que tienen un puntaje igual o inferior a 11.500 puntos en la Ficha Protección Social), acceden a un arancel de $1.000.

Resultado

Resolución de Informe Sanitario favorable o desfavorable.

Observaciones

  • Los aranceles se actualizan una vez al año en forma automática, todos los 10 de enero, conforme a la variación que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Este trámite está disponible en línea para los siguientes rubros:
  • Alimentos para Animales
  • Bebidas Alcohólicas
  • Caucho
  • Cerámica, loza y porcelana
  • Construcción
  • Cuero
  • Eléctricos y electrónicos
  • Madera
  • Metales, minerales y mezclas
  • Metalmecánica
  • Papel y cartón
  • Plásticos
  • Textiles naturales y sintéticos
  • Vehículos motorizados
  • Vidrio
Si realiza la solicitud por internet:
  • La entrega de antecedentes se realiza en la visita de inspección, también se puede adjuntar los documentos vía electrónica. Si los documentos se encuentran en papel, es necesario escanearlos.
  • Una vez resuelta la solicitud del interesado, se informa de esta situación vía un correo electrónico y si procede se incluye el informe sanitario correspondiente.
  • Adicionalmente el documento queda disponible en la página principal del usuario.
  • Se recomienda al interesado no ingresar el formulario si no ha cumplido con la normativa sanitaria y ambiental, ya que de lo contrario su solicitud será informada desfavorable.

Para saber más sobre la Autorización Sanitaria

Ver documentos en los siguientes enlaces:
Autorización Sanitaria
Autorización Sanitaria para la creación de microempresas familiares

Iniciación de actividades (Tomado del sitio www.sii.cl)

En general, las personas que inician negocios o labores en nuestro país, susceptibles de producir rentas gravadas a que se refiere los Nro. 1, letra a) y b), 3, 4 y 5 de los Art. 20° y 42 N° 2 y 48° de la Ley sobre Impuesto a la Renta, se encuentran obligados a realizar el trámite de Iniciación de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. Entre dichos negocios o labores se encuentran: la agricultura, comercialización de bienes, industria, minería, explotación de recursos naturales, martilleros, agentes de aduanas y las provenientes del ejercicio de servicios profesionales u ocupaciones lucrativas en forma independiente. 

Cabe indicar que, las personas naturales, chilenos o extranjeros, con residencia en el extranjero, para realizar este trámite, tienen la obligación de actuar por intermedio de un representante legal, con residencia en el país, para lo cual, este último, debe presentar el documento correspondiente que lo acredita como tal. Para dichos efectos, si el poder fue otorgado en el país, debe ser visado ante Notario Público, Ministro de Fe del SII u Oficial del Registro Civil (cuando no exista Notario). Si fue dado en el extranjero, debe ser visado por el respectivo Cónsul de Chile en el país de origen (o ante quien represente los intereses de Chile en dicho país) y legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.

En el mismo sentido, respecto de los extranjeros residentes, ellos no tienen obligación de actuar por medio de representantes legales o mandatarios, pero si así lo hiciesen, éstos deben presentar el documento correspondiente que los acredita como tal.


Antecedentes requeridos para el trámite

  1. Chilenos domiciliados en el extranjero:
    • Cédula Nacional de Identidad del representante. Si éste es extranjero, Cédula de Identidad para Extranjeros y Cédula RUT.
    • Poder o mandato del contribuyente al representante válido en el país, en el cual se debe indicar el número de la Cédula Nacional de Identidad del contribuyente.
    • Formulario Nro. 4415, lleno y firmado.
    • Acreditar el domicilio.
  2. Extranjeros
    Entre otros particulares, según sea el caso, al menos debe presentar:
    • Cédula de Identidad para Extranjeros o, en su defecto, la autorización o visación otorgada por el Departamento de Extranjería y Migración, del Ministerio del Interior, o por el Ministerio de Relaciones Exteriores, que le autoriza a desarrollar actividades remuneradas en nuestro país más documentación identificatoria, esto es, el pasaporte vigente de su país, o la cédula de identificación de su país, si Chile tuviese convenio que no exigiese el pasaporte.
    • Cédula Nacional de Identidad del representante. Si éste es extranjero, Cédula de Identidad para Extranjeros y Cédula RUT.
    • Poder o mandato del contribuyente al representante válido en el país.
    • Cédula RUT del contribuyente.
    • Formulario Nro. 4415, lleno y firmado.
    • Acreditar el domicilio.
  • Observaciones del trámite
No deben realizar Iniciación de Actividades, entre otros:
  • Trabajador dependiente,
  • Socio de sociedad, no constituidas éstas como Establecimientos Permanentes de empresas extranjeras,
  • Rentistas de capitales mobiliarios
  • Formulario asociado:
  • Para realizar estos trámites, los interesados se deben acercar a la oficina del Servicio de Impuestos Internos que tenga jurisdicción sobre el domicilio que, para estos efectos, declara el contribuyente, proporcionando los antecedentes e información solicitada en el Formulario 4415: Inscripción al Rol Único Tributario y/o Declaración de Inicio de Actividades.
     

Certificado de antecedentes

¿En qué consiste?

El Servicio de Registro Civil e Identificación proporciona los siguientes Certificados e Informes de Antecedentes sobre la información que mantiene en el Registro General de Condenas:
  • Tipo A: Para manejar vehículos motorizados.
  • Tipo B:
    • Informe de antecedentes para ingreso a la Administración Pública, Municipal, Semifiscal, Instituciones de Administración Autónoma, Fuerzas Armadas, Carabineros, Investigaciones y Gendarmería.
    • Certificado para Uso Exclusivo de las Fuerzas Armadas.
    • Extracto de Filiación y Antecedentes (para uso de Tribunales y Gendarmería, principalmente). Tipo C: Para fines particulares.
  • Tipo C: Para fines particulares.
  • Tipo D: Para fines especiales (cuando así se lo soliciten específicamente en alguna Institución para realizar un trámite o gestión determinada).
Además existen los Informes de Inhabilitaciones. Son sin omisión de condenas y permiten verificar antecedentes de personas que vayan a trabajar en una relación directa y habitual con menores de edad.

¿A quién está dirigido?

A todas las personas.

Requisitos

  • Presentar la documentación exigida.
  • Pagar el arancel.
  • Los certificados tipo A y B se otorgan directamente a las instituciones que lo solicitan.
  • Los Certificados tipo C y D se otorgan sólo a la persona a quien se refiere el Certificado, o a un mandatario suyo con Poder Notarial otorgado para estos efectos o Mandato General que contenga tal facultad.
Para informes de inhabilitaciones
  • Pueden ser solicitados sólo en las Direcciones Regionales del Registro Civil, por instituciones públicas y privadas; o por cualquier usuario que cuente con la autorización expresa de quien se estén solicitando los antecedentes, mediante un Poder Especial o Mandato General.
  • Cuando el Informe de Inhabilitación es solicitado por una institución pública o privada, acreditar su existencia mediante una certificación oficial o un documento que demuestre su vigencia. Además, deben acreditar la personería de quien comparece a solicitar el Informe a nombre de la institución (representante legal).
  • En el caso de las instituciones privadas esto se realiza a través de la Escritura Pública en que consta la personería (debe tener una certificación máxima de vigencia de 6 meses); las instituciones públicas deben presentar los antecedentes legales que certifican que quien comparece puede actuar en nombre de dicho organismo.

Documentos requeridos

  • Cédula de Identidad en buen estado.
  • En caso que lo solicite una tercera persona, Cédula de Identidad y Poder Notarial especial del titular para este efecto; o un Mandato General con tal facultad.
  • Comprobante de pago.

¿Dónde se realiza?

  • Oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación. Puede obtener las direcciones en el sitio web institucional.
  • Chilenos en el exterior, pueden solicitarlo a través de los Consulados. Puede obtener las direcciones en el sitio web del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Costo

$ 1.050 pesos.-

Resultado

Certificado de Antecedentes.

Fuente: www.registrocivil.cl

Boletas de Honorarios (Ejemplos)

En papel:

Boleta Electrónica:

Modelos de Contratos y Formatos de Documentos legales

Puedes encontrar los modelos oficiales de la Dirección del Trabajo en el siguiente vínculo:
Modelos Dirección del Trabajo

Ejemplo:
Articles 97403 ContratoTrabajadorAdministrativo

Ejemplo de documentos de una empresa

En el enlace podrás encontrar la carpeta con todos los documentos de una empresa verdadera.
Se trata de un set perteneciente a la empresa Calimport, disponible en la página del Serviciod e Evaluación Ambiental

1. Certificado de vigencia de la Sociedad
2. RUT de la Sociedad
3. RUT del Representante Legal
4. Extracto Escritura Constitución Sociedad
5. Escritura Constitución Sociedad
6. Inscripción Sociedad en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, Protocolizado.
7. Escritura de Modificación Sociedad
8. Extracto Escritura Modificación Sociedad, Protocolizado
9. Inscripción Modificación Sociedad en el Conservador de Bienes Raíces.

Libro de asistencia

El empleador debe contar con un libro de asistencia o un reloj control en el cual se registre la asistencia y horas trabajadas por cada trabajador.
Semanalmente se deben confeccionar reportes de asistencia que deben ser firmados por cada trabajador en señal de aceptación.
Cuando las características de una empresa hacen difícil la aplicación de lo anterior, se puede solicitar una autorización a la Dirección del Trabajo para utilizar un sistema especial de registro de asistencia y control de horas.

El artículo 33 del Código del Trabajo, en su inciso 1º señala: "Para los efectos de controlar la asistencia y determinar las horas de trabajo, sean ordinarias o extraordinarias, el empleador llevará un registro que consistirá en un libro de asistencia del personal o en un reloj control con tarjetas de registro". 

Se entiende que las horas de trabajo y las horas extraordinarias  (de existir), se determinan mediante un registro especial que puede provenir de:
a) Un libro de asistencia del personal, o
b) Un reloj control con tarjetas de registro.

Los empleadores están obligados a mantener un registro de asistencia pues, si son fiscalizados y no lo tienen, se constatará una infracción laboral y se les cursará una multa administrativa, cuya sanción se puede rebajar o modificar por un curso de capacitación.

También es posible que la fiscalización responda al reclamo del un(a) trabajador(a) disconforme con el pago de horas extras, caso en el que se le exigirá al empleador que se acredite el cumplimiento de otras obligaciones laborales, como Feriado Anual, por ejemplo.

La multa que puede cursar la Dirección del Trabajo por no tener el Registro de Asistencia o por no tenerlo al día, puede ir de 1 a 20 UTM según el articulo 477 del Código del Trabajo. 

Por lo señaldo, también es de suma importancia que el empleador cuide que los trabajadores firmen DÓNDE y CUÁNDO deben.

Fuente: www.dt.gob.cl

Escritura Pública (en el caso de crear una sociedad)...

En el caso de que la empresa no sea individual, sino propiedad de una sociedad, primero hay que crear dicha sociedad.

Según lo que aparece en "Economía y Negocios", la creación de una sociedad se hace cumpliendo con las siguientes etapas:

   Escritura de Constitución de Sociedad
Contactarse con un abogado u otro experto para redactar la Escritura de Constitución de Sociedad. Para realizar este trámite se requiere la presencia de todos los socios con su cédula de identidad y un abogado debe firmar la escritura.

Costo: Los abogados tienen cada uno sus propias tarifas. Sin embargo, pueden cobrar en promedio $200.000.

   Legalizar la escritura
Tras obtener la escritura firmada por el abogado, todos los socios deben presentarse en notaría para legalizarla. Deben llevar sus cédulas de identidad y el borrador de la escritura para proceder a firmarla y obtener un extracto notarial de la misma para publicar en el Diario Oficial.

Costo: La ley establece un cobro de uno por mil del capital inicial. Por ejemplo si el capital del negocio son $5.000.000, el uno por mil serían $5.000. Sin embargo, las notarías incorporan otros gastos como el número de copias y los extractos que después se publican en el Diario Oficial por lo que el costo del trámite puede aumentar considerablemente, llegando en el caso del capital inicial de $5.000.000 a $50.000.

   Publicación en el Diario Oficial
El siguiente paso, luego de obtener el extracto de la Escritura de Constitución de Sociedad, es publicarlo en el Diario Oficial, para lo cual existe un plazo de 45 días.

Costo: El Diario Oficial cobra $32 pesos por carácter, por lo que un extracto de 1.000 caracteres tendrá un costo de $32.000.

   Inscripción en el Registro de Comercio
Con la finalidad de documentar la existencia de la sociedad, un extracto de la escritura debe inscribirse en el Registro de Comercio (Conservador de Bienes Raíces) correspondiente al domicilio de la sociedad, en el plazo de 60 días corridos (que significa que se cuentan los días normales o hábiles, más los feriados o inhábiles) desde la fecha de constitución de la escritura.

Costo:El Conservador aplica una tasa de 0,2% del capital inicial. En general, el costo mínimo es de $6.000 y el máximo de $300.000.

ESCRITURA

El contenido de la Escritura de Constitución de Sociedad varía según el tipo de sociedad que se pretende formar.

El Código de Comercio establece en su artículo 352 que la escritura social debe expresar:
  1. Los nombres, apellidos y domicilios de los socios
  2. La razón o firma social
  3. Los socios encargados de la administración y del uso de la razón social
  4. El capital que introduce cada uno de los socios, sea que consista en dinero, en créditos o en cualquiera otra clase de bienes; el valor que se asigne a los aportes que consistan en muebles o en inmuebles; y la forma en que deba hacerse el justiprecio de los mismos aportes en caso que no se les haya asignado valor alguno
  5. Las negociaciones sobre que deba versar el giro de la sociedad
  6. La parte de beneficios o pérdidas que se asigne a cada socio capitalista o industrial
  7. La época en que la sociedad debe principiar y disolverse
  8. La cantidad que puede tomar anualmente cada socio para sus gastos particulares
  9. La forma en que ha de verificarse la liquidación y división del haber social
  10. Si las diferencias que les ocurran durante la sociedad deberán ser o no sometidas a la resolución de arbitradores, y en el primer caso, la forma en que deba hacerse el nombramiento
  11. El domicilio de la sociedad
  12. Los demás pactos que acordaren los socios.
 En el sitio del SIRI (Sistema de Información Registral Interconectado) aparecen los siguientes ejemplos:

Creación de la Empresa

Al momento de crear una empresa, hay que determinar algunas cosas básicas y esenciales; en primer lugar, el tipo de empresa, en cuanto a su tamaño.

En cuanto a la propiedad, la empresa puede ser INDIVIDUAL o COLECTIVA.

En todo  caso, sea un individuo o una sociedad, para constituirse en empresarios deben crear su empresa
Cómo crear una empresa (Página del SII)

Para información sobre EmprEsa Individual de Responsabilidad Limitada,  busque aquí

Empresa Virtual: Tareas a desarrollar

Para la creación de la Empresa Virtual, l@s estudiantes deberán desarrollar los siguientes temas a partir de lo visto en clases y de los materiales disponibles en este blog:
  1. Creación de la Empresa
  2. Escritura Pública, Organigrama de la empresa
  3. Extracto en el Diario Oficial
  4. Iniciación de Actividades y Contrato de Arriendo
  5. Timbraje de Documentos
  6. Facturas Compras y Ventas
  7. Boletas, Comprobantes de Ingreso y Egreso
  8. Guías
  9. Fichas del personal
  10. Currículos trabajadores                                                    
  11. Certificado de Antecedentes
  12. Otros documentos (v.g. permisos sanitarios)               
  13. Libro de Asistencia
  14. Contrato de Trabajo                                        
  15. Planillas de imposiciones
  16. Liquidaciones de Sueldo
  17. Libro de Compra y Venta
  18. Libro de Remuneraciones
  19. Cuenta Corriente
  20. Boletas de Honorarios
  21. Libro Diario
  22. Libro Mayor
  23. Balance de Comprobación y Saldos

Participantes del proyecto

PARTICIPANTES

-       Estudiantes de 18 a 29 años, Educación media  completa y/o Educación Superior incompleta, de la especialidad de Secretariado Administrativo Contable.
-       Directivos docentes y profesores de todas las áreas de oficio y administrativos de la escuela Prisma de los Andes.

Evaluación


EVALUACIÓN
Los alumnos serán evaluados y supervisados en forma continua, a medida que se avance en el desarrollo del proyecto. Se indicarán las apreciaciones y ajustes necesarios en el tiempo y espacio en que se presenten las dificultades o acontecimientos.   Por tanto, los docentes  evaluarán el desarrollo de procedimientos,  además de guiar formativamente el desarrollo de éstos para el logro de los objetivos.  Al finalizar las unidades planificadas se realizarán evaluaciones sumativas.

Proyecto Empresa Virtual

Hola, bienvenid@!
En esta etapa, en que entramos al periodo final de tu formación, se te presenta la oportunidad y el desafío de aplicar tus conocimientos en la realización de un proyecto de empresa virtual