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martes, 7 de junio de 2011

Autorización Sanitaria para locales de alimentos


¿En qué consiste?

Las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud (Autoridad Sanitaria) entrega la autorización sanitaria requerida para el funcionamiento de todas las instalaciones que producen, elaboran, preservan, envasan, almacenan, distribuyen, expenden alimentos o aditivos alimentarios.

La Seremi de Salud puede fiscalizar el cumplimiento de la legislación vigente, inspeccionando el establecimiento en los días posteriores al ingreso de la solicitud. Se recomienda al interesado avisar a su personal para que colabore con la inspección.

¿A quién está dirigido?

Empresas o personas naturales que deseen instalar establecimientos que produzcan, elaboren, preserven, envasen, almacenen, distribuyan, expendan alimentos o aditivos alimentarios.

Requisitos

  • Las instalaciones deben cumplir con la normativa sanitaria vigente (D.S.977/96 y D.S. 594/99 ) ambos del Ministerio de Salud.
Si realiza la solicitud por internet:
  • Tener casilla de correo electrónico.
  • Contar con nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
  • Entregar la documentación exigida durante la Visita de Inspección.

Documentos requeridos

Dependiendo del tipo de instalación, se deben presentar los siguientes:
  • Zonificación municipal.
  • Boletas de servicios de agua potable y alcantarillado otorgadas por la empresa sanitaria correspondiente. En caso de no contar con el servicio de una empresa sanitaria, presentar la autorización sanitaria del servicio particular de agua potable y alcantarillado.
  • Memorias técnicas de los procesos productivos.
  • La memoria de control de disposición de residuos sólidos domésticos.
  • Plano o croquis de las instalaciones escala 1:50 a 1:100.
  • Croquis de los sistemas de eliminación de calor, olor y vapor.
  • Listado de materias primas a utilizar.
  • Sistema de control de calidad sanitaria que contará.
  • Listado de los alimentos que se elaborarán.
Para instalaciones ubicadas en un centro comercial:
  • Compromiso de la administración para el no cobro del uso de servicios higiénicos públicos.
  • Carta de autorización para uso exclusivo de los servicios higiénicos del personal manipulador de alimentos, los cuales no deberán estar a más de 75 metros de ellos.
Para instalaciones ubicadas en vía pública (carros, módulos, casetas, kioscos, puestos de feria):
  • Certificado de emplazamiento municipal, cuando corresponda.
  • Carta de autorización para uso de servicios higiénicos a no más de 75 metros para el personal manipulador de alimentos, cuando corresponda.

¿Dónde se realiza?

Tiempo de realización

Promedio 20 días hábiles.

Costo

  • El tope máximo a pagar puede ser $515.113.
El arancel se calcula en base a la cantidad de "Fines" o "Actividades" que se realizan en una instalación, más el 0,5 % de la declaración de capital presentado ante SII.

Resultado

Si el establecimiento cumple con lo señalado recibirá una Resolución de Autorización Sanitaria, de lo contrario se le entregará una Resolución de Rechazo.

Observaciones

  • Los solicitantes que acrediten pertenecer a un programa social (Certificación Municipal de Microempresa Familiar u otros; o que tienen un puntaje igual o inferior a 11.500 puntos en la Ficha Protección Social), acceden a un arancel de $1.000.
  • Los aranceles se actualizan una vez al año en forma automática, todos los 10 de enero, conforme a la variación que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
  • Si el establecimiento no cumple con el reglamento sanitario de los alimentos (D.S. 977/96 Minsal) y el reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas de los lugares de trabajo (D.S. 594/99 Minsal), o no cumple con los requisitos del trámite, antes mencionado, su solicitud será informada rechazada.
  • Al momento de presentar la solicitud, el local debe estar completamente habilitado, en condiciones reglamentarias mínimas.
  • La autorización sanitaria no reemplaza bajo ninguna circunstancia a la Patente Comercial emitida por la municipalidad respectiva.
Si realiza la solicitud por internet:
  • La entrega de antecedentes se realiza en la visita de inspección, también se puede adjuntar los documentos vía electrónica. Si los documentos se encuentran en papel, es necesario escanearlos.
  • Una vez resuelta la solicitud del interesado, se informa de esta situación vía un correo electrónico y si procede se incluye el informe sanitario correspondiente.
  • Adicionalmente el documento queda disponible en la página principal del usuario.
  • Se recomienda al interesado no ingresar el formulario si no ha cumplido con la normativa sanitaria y ambiental, ya que de lo contrario su solicitud será informada desfavorable.

Certificado de antecedentes

¿En qué consiste?

El Servicio de Registro Civil e Identificación proporciona los siguientes Certificados e Informes de Antecedentes sobre la información que mantiene en el Registro General de Condenas:
  • Tipo A: Para manejar vehículos motorizados.
  • Tipo B:
    • Informe de antecedentes para ingreso a la Administración Pública, Municipal, Semifiscal, Instituciones de Administración Autónoma, Fuerzas Armadas, Carabineros, Investigaciones y Gendarmería.
    • Certificado para Uso Exclusivo de las Fuerzas Armadas.
    • Extracto de Filiación y Antecedentes (para uso de Tribunales y Gendarmería, principalmente). Tipo C: Para fines particulares.
  • Tipo C: Para fines particulares.
  • Tipo D: Para fines especiales (cuando así se lo soliciten específicamente en alguna Institución para realizar un trámite o gestión determinada).
Además existen los Informes de Inhabilitaciones. Son sin omisión de condenas y permiten verificar antecedentes de personas que vayan a trabajar en una relación directa y habitual con menores de edad.

¿A quién está dirigido?

A todas las personas.

Requisitos

  • Presentar la documentación exigida.
  • Pagar el arancel.
  • Los certificados tipo A y B se otorgan directamente a las instituciones que lo solicitan.
  • Los Certificados tipo C y D se otorgan sólo a la persona a quien se refiere el Certificado, o a un mandatario suyo con Poder Notarial otorgado para estos efectos o Mandato General que contenga tal facultad.
Para informes de inhabilitaciones
  • Pueden ser solicitados sólo en las Direcciones Regionales del Registro Civil, por instituciones públicas y privadas; o por cualquier usuario que cuente con la autorización expresa de quien se estén solicitando los antecedentes, mediante un Poder Especial o Mandato General.
  • Cuando el Informe de Inhabilitación es solicitado por una institución pública o privada, acreditar su existencia mediante una certificación oficial o un documento que demuestre su vigencia. Además, deben acreditar la personería de quien comparece a solicitar el Informe a nombre de la institución (representante legal).
  • En el caso de las instituciones privadas esto se realiza a través de la Escritura Pública en que consta la personería (debe tener una certificación máxima de vigencia de 6 meses); las instituciones públicas deben presentar los antecedentes legales que certifican que quien comparece puede actuar en nombre de dicho organismo.

Documentos requeridos

  • Cédula de Identidad en buen estado.
  • En caso que lo solicite una tercera persona, Cédula de Identidad y Poder Notarial especial del titular para este efecto; o un Mandato General con tal facultad.
  • Comprobante de pago.

¿Dónde se realiza?

  • Oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación. Puede obtener las direcciones en el sitio web institucional.
  • Chilenos en el exterior, pueden solicitarlo a través de los Consulados. Puede obtener las direcciones en el sitio web del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Costo

$ 1.050 pesos.-

Resultado

Certificado de Antecedentes.

Fuente: www.registrocivil.cl

Empresa Virtual: Tareas a desarrollar

Para la creación de la Empresa Virtual, l@s estudiantes deberán desarrollar los siguientes temas a partir de lo visto en clases y de los materiales disponibles en este blog:
  1. Creación de la Empresa
  2. Escritura Pública, Organigrama de la empresa
  3. Extracto en el Diario Oficial
  4. Iniciación de Actividades y Contrato de Arriendo
  5. Timbraje de Documentos
  6. Facturas Compras y Ventas
  7. Boletas, Comprobantes de Ingreso y Egreso
  8. Guías
  9. Fichas del personal
  10. Currículos trabajadores                                                    
  11. Certificado de Antecedentes
  12. Otros documentos (v.g. permisos sanitarios)               
  13. Libro de Asistencia
  14. Contrato de Trabajo                                        
  15. Planillas de imposiciones
  16. Liquidaciones de Sueldo
  17. Libro de Compra y Venta
  18. Libro de Remuneraciones
  19. Cuenta Corriente
  20. Boletas de Honorarios
  21. Libro Diario
  22. Libro Mayor
  23. Balance de Comprobación y Saldos